Quienes Somos

La historia de la presencia del Ecuador en el Continente Antártico tiene sus inicios con la declaratoria de los derechos ecuatorianos en la Antártida sustentada por el Teniente Coronel Marco Bustamante en 1956 basada en los conceptos geográficos de la “Defrontación”, la que se materializó con la declaración oficial promulgada por Vicente Levy Castillo en la Asamblea Nacional Constituyente del 27 de febrero de 1967. Los siguientes años,  gracias a diferentes esfuerzos, gestiones y luchas, la Armada  fue la institución encargada de promover  la necesidad de que el Ecuador sea parte del Tratado Antártico, es así que uno a uno empiezan a cumplirse hitos  relevantes en la historia del país en la Antártida, como son la aprobación del Congreso Nacional  para la adhesión del Ecuador al Tratado Antártico (Junio 1987), la primera expedición ecuatoriana a la Antártida efectuada a bordo del BAE “Orión” (Diciembre 1987), Construcción del Refugio “República del Ecuador” (Enero 1988), Inauguración de Estación Científica Pedro Vicente Maldonado (Marzo 1990), y admisión como miembro consultivo del Tratado Antártico (Julio 1990).

 Como consecuencia de la adhesión del Ecuador al Tratado Antártico mediante Acuerdo del Ministerio de Defensa Nacional No. 1508 del 1 de agosto de 1988, se crea la Secretaría Ejecutiva del Programa Antártico Ecuatoriano PROANTEC, la misma que funcionó adscrita al Instituto Oceanográfico de la Armada INOCAR; este Programa funcionó con los medios y recursos propios de la Armada del Ecuador hasta el año 2004, asumiendo de igual manera la responsabilidad técnica, científica y administrativa de las diferentes expediciones al continente blanco.

Conscientes de que los recursos eran limitados para tan alta responsabilidad ante los compromisos asumidos con el Tratado Antártico, por iniciativa de la Armada, se crea el Instituto Antártico Ecuatoriano INAE, mediante Decreto Ejecutivo No. 1610 del 23 de abril de 2004 y publicado en el R.O. 326 del 03 de mayo del mismo año, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional, como entidad de derecho público, con domicilio en la ciudad de Guayaquil, patrimonio y fondos propios, con el objeto de fomentar y mantener la proyección geopolítica del país y la participación permanente en las actividades de investigación científica en el contexto del  Sistema del Tratado Antártico.

Por necesidad de realizar una optimización institucional que responda a las demandas sociales y económicas sobre las cuales se han definido las prioridades de Gobierno, con el fin de garantizar la eficiencia, eficacia y economía en la Administración Pública y afianzar el modelo de gestión estatal y gubernamental mediante Decreto Ejecutivo No.1038 del 08 de mayo del 2020, el Gobierno Nacional dispone la fusión del Instituto Oceanográfico de la Armada y el Instituto Antártico Ecuatoriano en una sola entidad denominada INSTITUTO OCEANOGRÁFICO Y ANTÁRTICO DE LA ARMADA, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional con sede en la ciudad de Guayaquil, con las competencias, atribuciones, funciones, programas, proyectos, representaciones y delegaciones constantes en leyes, decretos, reglamentos y demás normativa vigente que le correspondían al Instituto Oceanográfico de la Armada y al Instituto Antártico Ecuatoriano, serán asumidas por el Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada.

Gestión General de Asuntos Antárticos del INOCAR.

Dirigir, coordinar y supervisar las diferentes actividades ejecutadas en el marco del Sistema del Tratado Antártico, Política Antártica Nacional y planes institucionales, mediante la implementación de estrategias, planes, programas y proyectos, a fin de contribuir con la ejecución de las expediciones en el área antártica, fortalecimiento de capacidades y coordinación de la investigación científica, que promuevan la proyección Geopolítica y Oceanopolítica del Ecuador en la Antártida.

Atribuciones y Responsabilidades:

  1. Formular y presentar la actualización de la Política Antártica Nacional y la Agenda de Investigación Antártica;
  2. Aprobar y articular planes, programas y proyectos vinculados a la proyección geo y oceanopolítica del Ecuador a la Antártida;
  3. Aprobar los manuales e instructivos para la operación segura de la Estación Científica “Pedro Vicente Maldonado”;
  4. Articular las actividades afines al desarrollo de la gestión de los productos y servicios en el ámbito antártico;
  5. Articular la geoinformación antártica;
  6. Evaluar el cumplimiento de convenios de cooperación interinstitucional en el ámbito antártico de carácter operacional, técnico y científico;
  7. Dirigir la presentación de los requerimientos que garanticen el cumplimiento de las obligaciones asumidas como país miembro consultivo del Tratado Antártico;
  8. Presentar las diferentes actividades que se realizan en el marco del Sistema del Tratado Antártico;
  9. Aprobar los planes de capacitación y entrenamiento del personal participante de las expediciones;
  10. Aprobar y presentar la Orden de Expedición;
  11. Supervisar y controlar la ejecución de las expediciones y el trabajo de mantenimiento de las instalaciones en la Antártida;
  12. Presentar las necesidades de sostenimiento logístico para la ejecución de las expediciones ecuatorianas a la Antártida;
  13. Aprobar los programas: logístico, técnico-científico-ambiental, arte-cultura y otros que conforman las expediciones antárticas ecuatorianas;
  14. Establecer lineamientos que garanticen la operación y sostenimiento de la Estación Científica “Pedro Vicente Maldonado” con responsabilidad ambiental, durante el tiempo de las expediciones antárticas;
  15. Evaluar el cumplimiento de Planes de Seguridad Integral y Salud Ocupacional en la Estación Científica “Pedro Vicente Maldonado” y área de influencia;
  16. Establecer y negociar el apoyo logístico a las expediciones antárticas ecuatorianas, así como el desarrollo de proyectos científicos de cooperación nacional e internacional en el ámbito antártico;
  17. Evaluar y negociar propuestas de convenios interinstitucionales, que permitan integrar a profesionales y proyectos en las expediciones a la Antártida y en otros ámbitos de cooperación; y,
  18. Las demás atribuciones y responsabilidades que legalmente le sean asignadas por la Máxima Autoridad del Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada en el ámbito de sus competencias.